Mediante la Ley 2225 del 30 de junio de 2022, el Congreso de la República modificó, entre otras, la Ley 1636 del 2016 en lo referente al registro de vacantes en el Servicio Público de Empleo.
Especialmente, dispuso la nueva normativa, que los empleadores además de estar obligados a reportar sus vacantes al Servicio Público de Empleo (obligación que ya se encontraba consagrada en la Ley 1636 del 2016), deberán reportar quiénes fueron seleccionados para la vacante o, en su defecto, las razones de su no colocación.
Este proceso deberá realizarlo el empleador dentro de los seis (6) meses siguientes a la remisión de oferentes que realice el prestador del Servicio Público de Empleo al empleador.
En todo caso, como de costumbre, desde Chapman Wilches quedamos a su disposición para apoyarlos en cualquier inquietud al respecto. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma.

