En la circular adjunta, a la cual tuvimos acceso como primicia, el Ministerio de Trabajo deja sin efecto las circulares y resoluciones que implementó con ocasión de la pandemia. Lo anterior, por supuesto, no genera mayor inconveniente por el momento en que nos encontramos.
Sin embargo, analizada en detalle, estaría dejando sin efectos la Circular 049 de 2019, la cual da lineamientos a los inspectores de trabajo y seguridad social para estudiar la solicitudes de trámites de autorización de despido de trabajadores, en situación de discapacidad o con estabilidad laboral reforzada.
Lo anterior, argumenta el Ministerio, por haber sido “expedida sin participación de trabajadores y organizaciones sindicales y asociaciones de trabajadores en condición de debilidad manifiesta”. Si finalmente esto se da, sería de suma gravedad pues dejaría sin piso el trámite de permiso para despedir a empleados con fuero de salud.
De hecho, aún con esta circular, como saben, es sumamente difícil obtener el permiso, por lo que de desaparecer se complicaría todavía más conseguir esta autorización, puesto que no habría un trámite o condiciones para el efecto, afectando las facultades de los empleadores.
Esta decisión, se enmarcaría en otra serie de determinaciones que ya les hemos compartido y que da cuenta de la posición actual del ente ministerial. Ciertamente, las empresas deben estar atentas a las eventuales fiscalizaciones y preverlas con revisiones internas para mitigar riesgos.