Mediante la Resolución 666 de 2022, el Ministerio de Salud y Protección Social prorrogó hasta el 30 de junio de 2022 la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional.
Como saben, dentro del marco de la emergencia sanitaria el gobierno nacional y los ministerios expidieron una serie de decretos, resoluciones y circulares, con el fin de enfrentar las dificultades derivadas de la coyuntura del COVID-19, muchas de estas sujetas a la vigencia de tal emergencia. De conformidad con lo antes mencionado, precisamos las medidas que continúan siendo aplicables dentro del marco de la emergencia:
- Persiste el término de (30) días hábiles para la contestación de derecho de petición, posterior a su recepción. En caso de ser solicitudes de documentos, se amplía a veinte (20) días.
- El retiro de cesantías para complementar el salario del trabajador, en caso de disminución de su ingreso mensual, previa certificación del empleador. Esta medida, en todo caso deberá verificarse con el respectivo fondo.
- El otorgamiento de vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas al trabajador, dadas a conocer por el empleador con al menos un (1) día de anticipación.
- La aplicación del trabajo en casa teniendo en cuenta la situación ocasional, temporal y excepcional en la que se encuentra el país.
- Recursos de la ARL destinados a la compra de EPP y actividades de prevención para empleados expuestos directamente al contagio, establecido en el Decreto 500 de 2020.
- Se mantiene la suspensión de términos para la aplicación de la batería de riesgo psicosocial, establecida en al Circular 064 de 2020 del Ministerio de Trabajo.
- Sobre la no causación de intereses de mora por las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social, hasta un mes después de la emergencia, según el Decreto 538 de 2020.
- Aplicabilidad de las jornadas del Decreto 770 de 2020, a saber, el cual permite acordar una jornada flexible de 4 días a la semana y hasta 12 horas al día o una de turnos rotativos de 36 horas a la semana y 8 horas al día.
- Y, la continua implementación por parte de la ciudadanía, autoridades territoriales, y, Entidades Promotoras de Salud -EPS- de los protocolos de bioseguridad, esquemas de vacunación, medidas de autocuidado y educación para el manejo y prevención del COVID-19.
En los anteriores términos dejamos rendidos nuestros comentarios sobre el asunto. Por supuesto, quedamos atentos para apoyarlos con cualquier duda particular que tengan sobre este asunto.
En todo caso, como de costumbre, desde Chapman Wilches quedamos a su disposición para apoyarlos en cualquier inquietud al respecto. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma.

