Mediante la Circular Conjunta No.0016 de 1 de abril del 2022, los ministros de Salud y del Trabajo fijan instrucciones a los empleadores del sector público y privado, encaminadas a la gestión y mitigación del riesgo en los ambientes de trabajo dentro del marco del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, por el contagio del COVID-19.
De esta manera, los ya citados ministerios recuerdan una serie de obligaciones de los empleadores relacionadas con el control del COVID-19, destacándose, entre otras, la de adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores y proporcionar un programa permanente de medicina, higiene y seguridad en el trabajo que proteja y mantenga la salud de los trabajadores (Art. 84 ley 9 de 1979); la responsabilidad frente a los riesgos originados en su ambiente de trabajo (Art. 56 Decreto-Ley 1295 de 1994); la adopción de un SG-SST con un control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo (Art.2.2.4.6.4 Decreto 1072 de 2015); y finalmente, la adopción de un protocolo de bioseguridad para la identificación e implementación de las acciones para prevención de riesgo por COVID-19 en el ambiente de trabajo (Resolución 350 de 2022).
Por lo anterior, consideran los ministerios en la circular conjunta que, no obstante, el alto porcentaje de inmunización en el territorio nacional y la implementación de medidas adoptadas a través de los protocolos de bioseguridad, el riesgo por la transmisión del virus SARS-CoV-2 sigue existiendo por lo que resulta “imperioso” implementar las siguientes medidas de gestión de tal riesgo:
- Como acción preventiva, en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo -SG-SST, identificar a las personas más vulnerables de complicaciones en su estado de salud.
- Implementar medidas de prevención y control sanitario ante la ocurrencia de brotes por el COVID-19.
- Aplicar y verificar el cumplimiento de todas las medidas y protocolos de bioseguridad impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social en la Resolución 350 de 2022 y la que las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.
- Fortalecer las capacidades de detección oportuna, alerta temprana y respuesta rápida, frente a la ocurrencia de brotes por el COVID-19 en los diferentes establecimientos conforme a los artículos 2.2.4.6.15, 2.2.4.6.23, 2.2.4.6.24 y 2.2.4.626 del Decreto 1072 de 2015.
- Establecer medios de recepción de información para que los trabajadores y contratistas que se encuentran de manera presencial permanente o semipresencial en las empresas y entidades, informen de manera voluntaria su estado vacunal contra el COVID-19 para la estimación del riesgo de contagio al interior de las locaciones de trabajo.
- Elaborar el mapa de riesgo de acuerdo con la información que se tenga sobre la cobertura de vacunación del personal, como también implementar la reorganización del personal al interior de la entidad para mitigar el riesgo, para lo cual pueden solicitar asesoría y asistencia técnica a la Administradora de Riesgos Laborales a la cual se encuentren afiliados.
Es de anotar, que las actividades o conductas antes indicadas se impone como una obligación para los destinatarios de Circular, al indicar que esta información “deberá” estar disponible para las autoridades sanitarias cuando lo requieran garantizando la confidencialidad de los datos suministrados.
Se destaca que esta medida sigue reforzando la importancia de la vacunación en el contexto laboral, siendo uno de los puntos que resaltan, permitiendo la recolección de la información e incluso reorganización de la ubicación del personal con estos datos.
Por supuesto, reiteramos nuestra postura, referida a la posibilidad de exigir la vacunación en determinados contextos laborales; medida que va en línea con el cumplimiento de las obligaciones señaladas por los entes ministeriales.
Así pues, quedamos a su entera disposición para apoyarlos frente a cualquier duda en relación con el asunto y por supuesto el análisis y asesoría de una vacunación obligatoria en sus operaciones. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma.

