¿Cómo calcular el valor de la hora de trabajo si la jornada laboral es inferior a la máxima legal vigente?

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La entrada en vigor de la Ley 2101 de 2021 el pasado 15 de julio de 2023, sigue generando inquietudes respecto su aplicación, dentro de estas se encuentra: ¿Cuál debe ser el factor divisorio para calcular el valor ordinario de la hora de trabajo cuando la compañía ha acogido una jornada laboral inferior a la máxima vigente para el respectivo año?, nos explicamos:

Período 

Límite jornada semanal 

Hora mes 

Antes de la Ley 2101 

48 

240 

Julio 2023 

47 

235 

Julio 2024 

46 

230 

Julio 2025 

44 

220 

Julio 2026 

42 

210 

En anteriores boletines se ha indicado que la reducción de la jornada ordinaria laboral, que introdujo la Ley 2101 de 2021, será gradual comenzando este año con máximo 47 horas semanales y terminando tal gradualidad en el 2026 con una jornada máxima semanal de 42 horas. Esto, sin perjuicio de que las empresas puedan, de manera anticipada, puedan adoptar una jornada laboral inferior a la máxima vigente para el año en curso.

También hemos compartido, que para calcular el valor de la hora ordinaria laboral existe una primera postura, acogida mayoritariamente por las empresas y más conservadora, según la cual el incremento del valor de la hora se obtiene de aplicar el número de horas al mes ajustando proporcionalmente con la reducción, el número de horas semanales que constituya la jornada laboral año tras año hasta llegar a las 42 horas semanales, de la siguiente manera:

La segunda postura, que también ha venido siendo adoptada por algunas compañías, señala que se conserva el valor de 240 como factor divisorio para calcular el valor de la hora, independientemente de que con la nueva jornada mensual el número de horas trabajadas en la jornada semanal sea inferior. Esto, con sustento en que la Ley 2101 no pretendió aumentar la remuneración y es una medida razonable que venía aplicándose anteriormente cuando las compañías adoptaban una jornada laboral inferior a las 48 horas semanales.

Pero, ¿qué pasa si, por ejemplo, una empresa el día de hoy, atendiendo a la primera de las posturas de liquidación del valor hora, decide anticiparse a la reducción de la jornada que aplica obligatoriamente para el año 2026, esto es, de 42 horas semanales? ¿Tendrá que calcular el valor hora sobre el factor que aplicará a la jornada máxima en ese 2026 (220) o podrían continuar aplicando para este año el factor divisorio de la jornada máxima legal actual vigente (235)?

Sobre el particular, la postura que estimamos más acertada es que el factor divisorio que deberá utilizar la compañía será el que aplique para el año en curso en función de la jornada laboral máxima, independientemente si la jornada de trabajo adoptada por la empresa es inferior a la vigente en el respectivo año, es decir, que, en el ejemplo en estudio, el factor divisorio será 235, por ser este el factor vigente para el 2023.

Lo anterior, continuando con la práctica aceptada judicialmente, según la cual antes de la entrada en vigencia de la Ley 2101 de 2021, si las empresas tenían una jornada laboral inferior a la de 48 horas semanales, el valor de la hora se calculaba sobre 240, que era el factor divisor de la jornada ordinaria laboral máxima vigente. Así, no observándose que la Ley 2101 haya introducido algún cambio a ese criterio de interpretación, luego no habría razón jurídica que justifique que esta práctica sea modificada. Adicionalmente, por cuanto una jornada laboral inferior a la máxima legal es un beneficio extralegal que entregan las empresas para contribuir al bienestar de sus empleados, el cual históricamente no había generado un mayor valor para las empresas que decidían adoptarlo.

Ahora, si la empresa ha optado por mantener el factor divisor de 240, a pesar de la reducción de la jornada laboral, para obtener el valor hora, esta inquietud no sería pertinente, pues 240 sería el factor divisor que se seguirá aplicando aun cuando la jornada laboral de la empresa sea inferior a la máxima legal vigente para el año respectivo.

Fuente: Ley 2101 de 2021.