El proyecto de ley radicado hoy por el Gobierno, “Por medio de la cual se expiden normas para el financiamiento del Presupuesto General de la Nación orientadas al restablecimiento del equilibrio de las finanzas públicas, la sostenibilidad fiscal, y se dictan otras disposiciones”, busca fortalecer las finanzas públicas, promover la equidad y financiar la transición energética. Sin embargo, encontramos medidas de alto impacto para inversionistas, empresas y personas naturales.
1. Impuesto al Valor Agregado (IVA):
Se amplían los bienes y servicios gravados, incluyendo combustibles, licores, cervezas y juegos de azar, e incluso algunos productos agrícolas y tecnológicos con tarifas más altas.
2. Impuesto sobre la Renta:
- Para personas naturales la tarifa máxima se eleva al 41%, acompañada de mayores retenciones en la fuente, reducción de deducciones y exenciones, e introducción de gravámenes adicionales a conceptos de “esparcimiento, cultura y deportes”. Asimismo, en sucesiones y donaciones se reemplaza la tarifa fija del 15% por una tabla progresiva que oscila entre 0% y 41%, además, se reducen exenciones en sucesiones.
- Para personas jurídicas se plantean sobretasas sectoriales, especialmente en el ámbito minero-energético y financiero, ligadas a la evolución de precios internacionales.
- Para los inversionistas extranjeros el impuesto al dividendo se incrementa del 20% al 30%, lo que eleva la carga tributaria combinada sobre utilidades generadas en Colombia del 48% al 54,5%.
- Finalmente, el impuesto a las ganancias ocasionales mantiene la tarifa del 15%, pero exige ahora una tenencia mínima de cuatro años (antes dos), lo que limita su aplicabilidad.
3. Impuesto al Patrimonio:
Se reduce la base mínima a 40.000 UVT ($1.900 millones aprox), lo que ampliaría significativamente los contribuyentes afectados. Las tarifas serán progresivas y podrán alcanzar hasta un 5% del patrimonio líquido, lo cual desincentiva el ahorro, grava activos que ya han tributado en el pasado y puede promover la fuga de capitales. Desde la óptica constitucional, la medida es bastante discutible frente al principio de capacidad contributiva, especialmente en relación con los inmuebles.
Se mantiene la permanencia de este impuesto.
4. Gravámenes ambientales y extractivos:
Se incrementa el impuesto nacional al carbono y se destina una mayor proporción de su recaudo a programas ambientales y sociales. Además, se establece un nuevo impuesto especial del 1% sobre la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón, profundizando la presión fiscal sobre este sector estratégico.
Se establecen incentivos verdes, es decir beneficios fiscales para energías renovables y eficiencia energética.
5. Activos digitales y control fiscal:
El proyecto incorpora normas específicas para la tributación y reporte de activos digitales, reforzando las obligaciones de transparencia. Además, otorga a la DIAN mayores facultades sobre estructuras societarias y amplía los supuestos de enajenación indirecta, lo cual impacta operaciones internacionales y de reorganización empresarial.
Se refuerzan los controles sobre facturación electrónica, con sanciones más severas para quienes incumplan.
6. Medidas transitorias:
Reaparece el impuesto de normalización para activos omitidos y pasivos inexistentes, con tarifa del 15%, acompañado de facilidades para ponerse al día con obligaciones pendientes. Se trata de una nueva amnistía tributaria.
Consideraciones finales: La reforma no solo aumenta la presión fiscal sobre patrimonios, dividendos y sectores estratégicos, sino que también introduce cambios estructurales en la renta de personas naturales y en la tributación de activos digitales. La reducción de beneficios, la ampliación del IVA y el endurecimiento de controles revelan un proyecto con un claro sesgo recaudatorio, cuyo impacto sobre la inversión, el ahorro y la competitividad del país deberá evaluarse con rigor jurídico y económico.
En Chapman Wilches nos ponemos a su disposición para atender cualquier consulta o requerimiento particular que tengan sobre temas tributarios. Para más información o atención, pueden contactarse con Catherine Fenwarth al teléfono +57 3205603113 o escribirnos al correo electrónico catherine.fenwarth@chw.com.co.
_______________________________________________________________
Esta publicación tiene como finalidad informar temas relevantes, por lo que es una herramienta que permite la difusión de novedades jurídicas para el conocimiento general de nuestros clientes y/o lectores y no se constituye como una fuente de información que pueda ser utilizada para la resolución de casos específicos, entendiendo que (i) los ordenamientos jurídicos son dinámicos, por lo que los marcos normativos pueden variar y (ii) todos los casos son diferentes de acuerdo con las situaciones de hecho que para los mismos se presentan. En este sentido, el envío y recepción de esta información no configura una relación abogado-cliente. En caso de tener dudas sobre la aplicación de esta información a su situación concreta, no dude en contactarnos y estaremos prestos a asesorarles: catherine.fenwarth@chw.com.co