La DIAN aclara los requisitos para aplicar las deducciones por contratación de personas con discapacidad

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante concepto 000384 de febrero de 2024, ha realizado una importante aclaración sobre los requisitos que deben cumplir los empleadores para acceder a las deducciones tributarias por la contratación de personas con discapacidad contempladas en la Ley 361 de 1997, según desglosamos a continuación:

Deducción por contratación de personas con discapacidad

El artículo 31 de la Ley 361 de 1997 establece que los empleadores que contraten personas con una discapacidad comprobada no inferior al 25% tienen derecho a descontar de la renta, el 200% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados a estos trabajadores, mientras subsista la discapacidad.

Certificado de discapacidad como prueba idónea

En el mencionado concepto, la DIAN ha aclarado que la prueba idónea para certificar la discapacidad de un trabajador a la hora de practicarse la deducción mencionada, no es la calificación de Pérdida de Capacidad Laboral (PCL) emitida en los procesos de calificación establecidos en el Decreto 1507 de 2024, sino el certificado de discapacidad expedido por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) designada por la Secretaría de Salud del municipio del trabajador, conforme a la Resolución 1239 de 2022 del Ministerio de Salud.

Requisitos para la solicitud del certificado de discapacidad

De acuerdo con el artículo 7° de la Resolución 1239 de 2022, para obtener este certificado, es necesario que el trabajador -preferiblemente acompañado por su empleador- solicite a la Secretaría de Salud de su domicilio, ser evaluado por una de las IPS habilitadas para prestar estos servicios, aportando los siguientes documentos:

  1. Historia clínica del trabajador, incluyendo diagnósticos y soportes médicos, así como calificaciones de pérdida de capacidad laboral que sirvan como antecedentes médicos.
  2. Modalidad de la cita solicitada (domiciliaria o institucional).
  3. Ajustes razonables y apoyos prescritos al trabajador por sus médicos, como personas de apoyo, ajustes de movilidad, herramientas de comunicación, etc.
  4. Carta de apoyo económico del empleador, si este asume el costo del examen, de acuerdo con el parágrafo 2, del artículo 4º de la norma.

Apoyo integral de Chapman Wilches

Chapman Wilches brinda servicio especiales de acompañamiento para el manejo integral de fueros de salud, que comprende una amplia gama de estrategias, alternativas y herramientas para la resolución y gestión de estos casos, dentro de las que se encuentra la asesoría y acompañamiento en el proceso de expedición de estos certificados.

El acceso a este beneficio tributario puede usarse para apalancar transacciones u otras cargas económicas necesarias para el cierre de casos de fuero de salud.

Como de costumbre, desde Chapman Wilches quedamos a su disposición para apoyarlos en cualquier inquietud que tengan en relación con el concepto emitido por la autoridad tributaria y aduanera. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma al teléfono +57 605 3195874 o escribirnos al correo electrónico asesorias@chw.com.co

Fuentes: (i) Congreso de la República. Ley 361 de 1997 y (ii) Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Concepto 000384 de febrero de 2024.

Esta publicación tiene como finalidad informar temas relevantes, por lo que es una herramienta que permite la difusión de novedades jurídicas para el conocimiento general de nuestros clientes y/o lectores y no se constituye como una fuente de información que pueda ser utilizada para la resolución de casos específicos, entendiendo que (i) los ordenamientos jurídicos son dinámicos, por lo que los marcos normativos pueden variar y (ii) todos los casos son diferentes de acuerdo con las situaciones de hecho que para los mismos se presentan. En este sentido, el envío y recepción de esta información no configura una relación abogado-cliente. En caso de tener dudas sobre la aplicación de esta información a su situación concreta, no dude en contactarnos y estaremos prestos a asesorarles: asesorias@chw.com.co

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