De conformidad con lo previsto por el artículo 32 de la Ley 789 de 2002, las empresas que desarrollen cualquier tipo de actividad económica, diferente a la construcción, y tengan contratados laboralmente a 15 trabajadores, están en la obligación de vincular aprendices para los oficios y ocupaciones que requieren formación académica o profesional metódica, indicándose en el artículo 36 ibidem, que el SENA deberá establecer el listado de oficios y ocupaciones, que se tendrá en cuenta para efectos de la contabilización de la cuota de aprendices que le corresponde a cada compañía.
En ejercicio de esa obligación, el SENA emitió el 19 de julio de 2005, el Acuerdo 009, el cual contiene el listado de oficios y ocupaciones que había sido utilizado por 13 años aproximadamente para la determinación de la cuota en las empresas. Esto, hasta que el Gobierno actual expidiera el Acuerdo 0010 del 29 de diciembre de 2023, que amplió desproporcionadamente el listado de oficios y cargos y con ello, la cuota de aprendices del SENA, tal y como indicamos en el nuestro Boletín Informativo del 28 de mayo de 2024.
No obstante, el pasado 3 de marzo de 2025, el SENA decidió dejar sin efectos el mencionado Acuerdo sin mayores consideraciones jurídicas, sino simplemente la existencia de demandas de nulidad contra ese acuerdo ante el Consejo de Estado. Para tales efectos, profirió el Acuerdo 002 de 2025, el cual no establece un nuevo listado de oficios y cargos, como muchos creen. Solo se limita, reiteramos, a dejar sin efectos el Acuerdo 0010 de 2023.
Por lo anterior, desde el 4 de marzo de 2025[1], el listado de oficios y ocupaciones que debe ser tenido en cuenta por las empresas para determinar la cuota de aprendizaje es el establecido en el Acuerdo 009 de 2005.
Los contratos de aprendizaje que iniciaron su vigencia bajo la aplicación del Acuerdo 0010 de 2023, según el artículo 3º del Acuerdo 002, continúan su ejecución dentro de los términos inicialmente pactados, es decir que deben mantenerse hasta terminada su etapa de formación.
Por lo anotado, recomendamos a las compañías, que en el próximo reporte de planta de personal que debe realizarse ante el SENA en julio o en septiembre de 2025, según se haya definido por cada una de estas, se tome en cuenta el listado de oficios y ocupaciones previsto en el Acuerdo 009 de 2005.
Como de costumbre, desde Chapman Wilches quedamos a su disposición para apoyarlos en cualquier inquietud que tengan en relación con el listado de oficios y ocupaciones tenido en cuenta por el SENA para determinar el número de aprendices. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma al teléfono +57 605 3195874 o escribirnos al correo electrónico asesorias@chw.com.co
Fuentes: Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, Acuerdo 002 de 2025 y Acuerdo 009 de 2005.
[1] Toda vez que la fecha de publicación del Acuerdo 002 de 2025 en el Diario Oficial 53.047 fue el 3 de marzo de 2025 y se indicó que entrará a regir al día siguiente de su publicación en aquel.