Conozca la nueva protección legal que tienen los trabajadores con sospecha de padecer cáncer

Comparte

Recientemente, fue sancionada la Ley 2360 de 2024, por medio de la cual, se modifica y adiciona la Ley 1384 de 2010, reconociendo a las personas con sospecha o que padecen cáncer como “sujetos de especial protección constitucional”, debido a que existe una afectación física, psicológica y social, por lo que merecen que el Estado establezca acciones positivas para lograr su igualdad real y efectiva.

Aunque la ley no señala efectos laborales específicos frente a estos sujetos de especial protección constitucional, lo cierto es que tal condición o calificación los reviste de presunciones por discriminación en el momento de su despido, por lo que, a lo sumo, sus terminaciones deberán obedecer a una justa causa o a una razón objetiva suficientemente acreditada.

Sin embargo, al derivarse la calificación de “sujeto de especial protección” de una condición desfavorable de salud de la persona con sospecha de cáncer, el panorama sobre la desvinculación, se vuelve más complejo, pues esta podría coincidir con la protección constitucional por fuero de salud en criterio de la Corte Constitucional, lo que no permite la terminación del contrato, a menos que medie previa autorización del Ministerio del Trabajo.

Se entiende por sospecha de cáncer, “signos o síntomas que después de un análisis de antecedentes familiares en el examen físico realizado por el médico, estudios paraclínicos o demás herramientas diagnosticadas de las que disponga la ciencia médica, sugieren la posibilidad diagnostica de cáncer”. (subrayado fuera del texto)

Tal definición implica, para que la protección sea oponible, que medie un examen médico que haga constar la posibilidad de existencia de la enfermedad, empero, no determina en qué momento la posibilidad pasa a la concreción de un diagnóstico de cáncer o a su desestimación para que cese la protección.

La alta indefinición o indeterminación de la figura hace que la protección se vuelva conflictiva y excesiva, especialmente para empleadores cuando requiera ejercer la facultad de despido sin justa causa.

No obstante y, como de costumbre, desde Chapman Wilches quedamos a su disposición para apoyarlos en cualquier inquietud que tengan en caso de presentarse un caso de sospecha de cáncer o de diagnóstico de cáncer entre sus empleados para efectos de obtener la asesoría que requieran para su administración, logrando con ello seguridad en sus decisiones y la garantía de los derechos de sus empleados empleado. Para más información o atención de inquietudes, pueden contactarse con el área de consultoría de la firma al teléfono +57 605 3195874 o escribirnos al correo electrónico asesorias@chw.com.co

Fuente: Ley 2360 de 2024.

Esta publicación tiene como finalidad informar temas relevantes, por lo que es una herramienta que permite la difusión de novedades jurídicas para el conocimiento general de nuestros clientes y/o lectores y no se constituye como una fuente de información que pueda ser utilizada para la resolución de casos específicos, entendiendo que (i) los ordenamientos jurídicos son dinámicos, por lo que los marcos normativos pueden variar y (ii) todos los casos son diferentes de acuerdo con las situaciones de hecho que para los mismos se presentan. En este sentido, el envío y recepción de esta información no configura una relación abogado-cliente. En caso de tener dudas sobre la aplicación de esta información a su situación concreta, no dude en contactarnos y estaremos prestos a asesorarles: asesorias@chw.com.co

es_ES
Powered by TranslatePress